martes, 28 de marzo de 2017

Mi ex pareja no me deja ver a mi hijo ¿qué puedo hacer?

La ley 24.270 reprime con prisión de un mes a un año el padre o tercero que, ilegalmente, impidiere u obstruyere el contacto de menores de edad con sus padres no convivientes. Si se tratare de un menor de diez años o de un discapacitado, la pena será de seis meses a tres años de prisión.

En las mismas penas incurrirá el padre o tercero que para impedir el contacto del menor con el padre no conviviente, lo mudare de domicilio sin autorización judicial.
Si con la misma finalidad lo mudare al extranjero, sin autorización judicial o excediendo los límites de esta autorización, las penas de prisión se elevarán al doble del mínimo y a la mitad del máximo. El tribunal deberá disponer en un plazo no mayor de diez días, los medios necesarios para restablecer el contacto del menor con sus padres.
¿Puede cambiarlos de colegio sin pedir autorización al padre?
Sí, porque es una facultad derivada del ejercicio de la patria potestad. Igualmente, el padre tiene derecho a oponerse extra o judicialmente si considera que la elección no es conveniente para el hijo. Ver si esto puede ir en familia.

Los juicios de alimentos, tenencia, régimen de visitas, adopción, tutela, insania no abonan tasa de justicia.

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